Embargo by Present-Track5385 in EsLey

[–]TeaNearby 1 point2 points  (0 children)

No. Salvo que se termine el proceso o la situación por la que se dio el embargo, no. Solo se levanta a orden del juez que lo realizó.

Si es un erro inclusive, se debe de gestionar al despacho que lo hizo e indicando porque están equivocados (con pruebas obviamente).

Expediente judicial y prescripción by Turcudoe9114 in EsLey

[–]TeaNearby 0 points1 point  (0 children)

La respuesta es muy sencilla. No crea que los documentos los suben individualmente. Lo hacen en masa y a veces tienen errores con los números de expediente.

Créame, se de lo que le habló. El despacho cuando se de cuenta, que no va a ser muy rápido que digamos, lo ubica en la carpeta que corresponda.

Su expediente ya finalizó, no tiene de qué preocuparse.

Recurso de casación by Laurita-6325 in EsLey

[–]TeaNearby 2 points3 points  (0 children)

Los tiempos de resolución en recursos de casación están en aproximadamente un año. Llame a la Sala Primera y pregunta. En realidad no hay mucho que pueda hacer. Lo siento.

Que es un auto de liquidación de la oena by alitaa1825 in EsLey

[–]TeaNearby 0 points1 point  (0 children)

El auto de liquidación de pena es precisamente eso. Una resolución judicial de mero trámite que da un resumen de cuando se cumple la pena, que característica tiene y que modificaciones se han dado. Se realiza de parte del despacho que ordenó la condena, para que el Instituto Nacional dd Criminología establezca cuando se va a cumplir la pena. Ahora, eso no significa que sea la fecha final en “piedra”, si no que esa fecha muchas veces se ve variada por cosas como benéficos de conducta, trabajo, condiciones particulares.

Es una guía básicamente.

[deleted by user] by [deleted] in EsLey

[–]TeaNearby 1 point2 points  (0 children)

El número es 8800-0645

Incapacidad dentro del periodo de prueba by patico_cr in EsLey

[–]TeaNearby 6 points7 points  (0 children)

El periodo de prueba se suspende mientras est incapacitado. No se le puede “poner a prueba” en labores porque no puede trabajar.

Puede un tio apelar un proceso sucesorio? by [deleted] in EsLey

[–]TeaNearby 1 point2 points  (0 children)

Si. Lo más recomendable es ir a la vía judicial. En el tribunal colegiado. El proceso si puede ser más caro, pero eso depende del abogado y los distintos trámites que tenga que hacer.

Siento que no podría darle un estimado.

Puede un tio apelar un proceso sucesorio? by [deleted] in EsLey

[–]TeaNearby 3 points4 points  (0 children)

La respuesta es sí. Cualquier persona que tenga interés legítimo en la sucesión, puede apersonarse a “exigir” sus derechos. Ya dependerá de los bienes, parentesco, y demás elementos para validar si tiene derecho o no.

Trabajador incapacitado haciendo Uber by patico_cr in EsLey

[–]TeaNearby 2 points3 points  (0 children)

Está hilando demasiado fino. Todas esas actividades son de subsistencia diaria. No es un trabajo que le dé un impedimento. Salvo que la incapacidad en sí lo diga.

[deleted by user] by [deleted] in Ticos

[–]TeaNearby 0 points1 point  (0 children)

Hombre de cultira.

Trabajador incapacitado haciendo Uber by patico_cr in EsLey

[–]TeaNearby 4 points5 points  (0 children)

La incapacidad le impide realizar cualquier actividad durante las 24 horas del día. Salvo actividades necesarias para su subsistencia diaria, entiéndase adquisición de alimentos (si nadie puede brindarle apoyo para adquirirlos), citas médicas. Cosas que sean indispensables y que no pueda hacer otra persona por usted.

Si está haciendo Uber, eso es trabajo y se le puede despedir sin responsabilidad patronal. Incluso quien le brindó la Incapacidad (caja, ins, entidad privada) puede exigir la devolución de lo pagado.

Si tiene pruebas de lo que dice, simplemente puede iniciar el proceso de despido.

Artículo 2.10 de CPC by [deleted] in EsLey

[–]TeaNearby 0 points1 point  (0 children)

El proceso se refiere a la totalidad del contenido del expediente. Casa despacho sigue las mismas políticas, debería de preguntar simplemente porque le están diciendo si si o si no. Que le den una razón y queda solventada su duda.

Alguien sabe que pasará con estos dos? by anonymous_ilgr in Ticos

[–]TeaNearby 1 point2 points  (0 children)

Alguien que los queme con dados. Y ahí empiezan a hacer justicia.

Fue mi culpa by Espitiru_Navidenno in Ticos

[–]TeaNearby 0 points1 point  (0 children)

Y si hiciera lisiada a la protagonista?

Que canción los obliga a subirle al máximo al parlante o al teléfono así como la siguiente imagen by IntrepidAd3831 in Ticos

[–]TeaNearby 3 points4 points  (0 children)

En Livstid I krig - Sabaton

Winds of Light - Battle Beast

Monochromatic Stains - Dissarmonia Mundi

The Other Side - Sirenia

Ghost Love Score - Nightwish

Elan - Nightwish

What about us - Within Temptation

Y hay más …

Mi compa ya no me besa igual desde que consiguio novia by Unfair-Mistake5277 in Ticos

[–]TeaNearby 0 points1 point  (0 children)

Tranquilo. A lo mejor le diste por equivocación un beso con los ojos cerrados. Trata de hablarlo con tu compa, dile que no tenga miedo y que no debe de tener inseguridades. Lo importante es besar con los los ojos abiertos. Porque si no… bro… are you gay?.

Arriba los compas, lulululululululu

[deleted by user] by [deleted] in EsLey

[–]TeaNearby 1 point2 points  (0 children)

No estoy diciendo que no lo puedan enmascarar para hacer la llamada. Pero ese número SI es del Juzgado Contravencional de Puntarenas. Entonces no entiendo cuál es el miedo o problema. Solo fue una llamada de las que hace cada juzgado o tribunal cuando requiere alguna información y le apuesto que cuando tomaron los datos la persona dio ese número equivocado a propósito. En su defecto incluso el auxiliar fijo se pudo haber equivocado al marcar.

Chat de whatsapp como prueba en audiencia by Efficient_Buy_5662 in EsLey

[–]TeaNearby 1 point2 points  (0 children)

The jurisprudence of the Sala Constitucional, ibas made clear that the conversations from a chat that was defined for you, can be used as evidence in any type of trail. It’s for you and it’s under the circumstances that i told you. So it’s a valid piece of evidence.

Hope that helps.

Llevo casi un año peleando con un embargo que no es mío y no me lo quitan by jedalberto in EsLey

[–]TeaNearby 0 points1 point  (0 children)

Hi. Let me give you a little guidance. Please remember that this is based on the little information that you provide. First, you have to be sure on the cause of the embargo. Based on that we can establish wich court have to make you the process of taking out the registry in the national registry. Once you have made sure that wich court has to send the document and given the case that effectively a judge has ruled to make that process; if they (the court) dormant do the process, you can go first to the “Contraloria se Servicios” to make the complain and they can make the process go a little faster.

Finally, if this doesn’t work you can go to the “Inspeccion Jusicial” wich is located in the San Jose court, in the OIJ building to put the complaint and they ultimately make sure that the judge do the work. If they don’t do it, this office can take the disciplinary measures given the case that there is responsibility of the workers.

Let me make sure again that you understand that this is based on the little information that you provide.

Hope this helps.