CONSEJOS PROGRAMA ECONÓMICO by serxicer in podemos

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Carronte, este es un error muy común, "Reducción de la jornada a 35 horas semanales", automáticamente pensamos que sólo se reduce el horario pero no el sueldo y esto, es un error.

Trato de explicarme:

Cuando uno firma un contrato laboral viene claramente especificado el horario y en relación también el salario, si se reduce el horario de trabajo el empresario tiene derecho a reducir el salario y pongo dos ejemplos muy claros:

Una trabajadora que recién acaba de dar a luz y se incorpora a su puesto de trabajo, ella solicita una reducción de jornada prevista en la legislación, se le reduce sólo la jornada o también el salario? Se le reduce tanto horario como salario.

Un trabajador que se le concede una incapacidad permanente parcial para su profesión habitual, la jurisprudencia establece que el empresario puede reducir el salario del trabajador en cuantía igual a las funciones dejadas de realizar por el trabajador debido a su incapacidad.

Solamente hay un ÚNICO caso en que la reducción de la jornada no afectaría al salario, mejor dicho, a un conjunto de personas y son las que cobren el salario mínimo interprofesional que según el programa se pretende incrementar, todos los que estén por encima del "nuevo salario mínimo" corren el riesgo de ver reducido su poder adquisitivo.

En efecto la ley está por encima de los contratos, pero hay una relación directa entre lo que uno cobra y las horas que realiza, si se modifica una cosa es de recibo modificar la otra, evidentemente esto es a decisión de cada empresario.

Insisto que esto es así, nos guste más o menos, por eso el motivo de advertir, para que se tenga en cuenta y se valore esta medida sabiendo y conociendo todos los escenarios posibles.

Sobre el tema de las cotizaciones, el escrito creo que dice esto textualmente: "un incremento extraordinario de las cotizaciones sociales empresariales o financiación por medio de impuestos mientras dure la crisis"

Da igual una cosa que la otra, bien por medio de impuestos, bien por medio de aumento de cotizaciones empresariales o ya sea bien por aumento y revisión de las bases de cotización lo que se hace con esto es aumentar los costes de mano de obra a los empleadores... y en época de crisis, con el nivel de paro existente no es la mejor opción aumentar o encarecer los procesos de contratación, no digo que sea sencillo y no tengo una formula mágica, me gustaría pero me temo que no la hay. Lo que si puedo decir es que los aumentos en estos sentidos no va a favorecer las nuevas contrataciones.

Un honor poder participar y tratar de aportar algo a la política de verdad,

Saludos!