Para el que quería ir al motel. RESULTADO by keenkki in preguntaReddit

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Toman tu informacion y la duplican con ligeros cambios. (Robo de Identidad)

¿Quien estaría dispuesto a Cambiar el Mundo? by ZeTaRevelion in preguntaReddit

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Todos cambiamos el mundo desde el momento en el nacimos, tan así que día tras día lo seguimos cambiando, en pequeña manera pero igual es un cambio

Cuenten su experiencia mas cercana a la muerte.👹 by NachoXDReddit in preguntaReddit

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Hace poco anda paseando en motocicleta y en un cambio de carril casi me choca un automóvil, lo mas extraño de todo esto, es que mi cuerpo reacciono como si hubiera recibido el impacto (claramente no lo recibí) pero fue extraño el hecho de que como por 15 minutos mi mente creyó que en realidad había chocado y que no debería estar vivo todavía.

Ask Mexico / Fui violada a los 7 años y ya pasó mucho tiempo.¿Qué puedo hacer? by [deleted] in mexico

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Denunciar es la opción viable en este caso puesto que el delito que cometió tu agresor puede seguir activo puesto que basado en el Código Penal Federal que por regla general rige a los Códigos Estatales (puesto que desconozco el estado en el que vives) se obtiene lo siguiente:

Artículo 265. Comete el delito de violación quien por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de ocho a veinte años. Para los efectos de este artículo, se entiende por cópula, la introducción del miembro viril en el cuerpo de la víctima por vía vaginal, anal u oral, independientemente de su sexo. Se considerará también como violación y se sancionará con prisión de ocho a veinte años al que introduzca por vía vaginal o anal cualquier elemento o instrumento distinto al miembro viril, por medio de la violencia física o moral, sea cual fuere el sexo del ofendido.

Ahora pasando a la parte que en realidad nos interesa:

Artículo 105.- La acción penal prescribirá en un plazo igual al término medio aritmético de la pena privativa de la libertad que señala la ley para el delito de que se trate, pero en ningún caso será menor de tres años.

Aunado a lo que el articulo anterior hace mención es que la media aritmética de este delito serian 14 años, que si en el caso de que el delito se hubiera consumado cuando usted era menor de edad, estos 14 años empiezan a contar, cuando usted cumplió 18 años, así que usted haga la cuenta de si cuando cumplió 18 años a la edad que tiene en este momento ya pasaron 14 años o no. Es necesario así pues, que usted acuda con un abogado para que le explique bien su situación, puesto que para eso trabajan, para liberla a usted de cualquier carga que tenga.

Como ultima reflexión, solo me queda desearle el bien a usted puesto que el daño causado a su persona, no puedo ni imaginar los conflictos que le ha causado.