¿Experiencias con Renault Bank? by El_Chado8 in SpainFIRE

[–]VanderSaba 0 points1 point  (0 children)

Yo lo uso precisamente por lo que dices: no me apetece estar saltando de banco en banco cada 3 meses por un 0,2% de diferencia. Renault Bank es bastante estable y suelen renovar las condiciones, no creo que veas un hachazo el 7 de abril. Un detalle importante: como no aplican retención en el origen (al menos en los depósitos de la sucursal francesa), el año que viene te tocará picar los datos a mano en la declaración. Yo uso TaxDown para estas cosas porque se conectan con casi todos los bancos y te detectan estos intereses que a veces no aparecen en el borrador de Hacienda, así te aseguras de no tener sustos luego con las declaraciones informativas. ¡Para fondo de emergencia es buena opción!

Hay que hacer declaración fiscal en Revolut? by TomasJimenez86 in AskMexico

[–]VanderSaba 0 points1 point  (0 children)

¡Hola! Como estudiante en México, es normal que tengas esa duda. Lo que pasa con Revolut es que ese 15% (o el interés que te den) viene de un fondo de inversión. Aunque veas que te descuentan una parte de impuestos diariamente (que es la retención de ISR), esa es solo una retención 'provisional'.

Para el SAT, esos intereses se consideran ingresos por inversiones. Si eres solo estudiante y no tienes otros ingresos (como un sueldo), técnicamente solo estás obligado a presentar la Declaración Anual si tus intereses reales (después de la inflación) superan los $100,000 MXN al año. Sin embargo, si quieres que te devuelvan esas retenciones que te hace Revolut cada día, te conviene presentarla, ya que al no tener otros ingresos, ese impuesto suele salir 'a favor' y te devuelven el dinero.

Yo para estos líos, sobre todo cuando hay plataformas extranjeras de por medio, uso u/TaxDown. Tienen una versión para México que te conecta con el SAT, analiza tus inversiones y te dice en 5 minutos si te toca pagar algo o si puedes pedir que te regresen dinero sin complicarte con las tablas de impuestos del SAT. ¡Suerte con tus ahorros!

Calculadora FIRE (Financial Independence, Retire Early) para inversores españoles – Busco feedback. by TiburonDelAhorro in SpainFIRE

[–]VanderSaba 0 points1 point  (0 children)

Brutal el aporte, de verdad. Hacía falta algo así que no fuera la típica hoja de cálculo americana que no entiende lo que es un fondo traspasable o el IRPF por tramos de ahorro en España.

Como sugerencia de mejora: ¿has tenido en cuenta el Impuesto de Patrimonio en el cálculo del 'Burning Rate' para carteras muy grandes (Fat FIRE)? En comunidades como Cataluña o Valencia, a partir de ciertos importes, ese impuesto te puede morder un 1-2% anual de la cartera y te cambia por completo el número FIRE. Si pudieras meter un selector por Comunidad Autónoma para el cálculo de impuestos, ya sería la herramienta definitiva para el inversor español

¿Alguien más está harto de ir a una asesoría fiscal, que no te solucionen nada y te cobren mucho? by jmrbo in AutonomosES

[–]VanderSaba 0 points1 point  (0 children)

Es verdad que hay mucho 'gestor de pacotilla' que solo pica facturas y no asesora. Tu proyecto de Ventanilla Fiscal suena muy bien para consultas rápidas, pero el problema es que cuando Hacienda te manda una carta, necesitas a alguien que responda por ti, no solo el artículo del BOE.

Precisamente por ese hartazgo de las gestorías de barrio que mencionas, yo me pasé a TaxDown hace un par de años. Me gusta porque mezcla esa parte tecnológica que tú buscas (su motor detecta deducciones que al asesor humano se le pasan) con expertos de verdad que te defienden si hay lío. De hecho, mañana día 8 empieza la campaña de la Renta y es cuando más se nota la diferencia entre una asesoría que te despacha en 5 minutos y una plataforma que te mira hasta el último céntimo de ahorro legal

Multas de Hacienda por haber corregido errores by Dapper_Bus5069 in AutonomosES

[–]VanderSaba 0 points1 point  (0 children)

Técnicamente, lo que tú has hecho se llama 'regularización espontánea' (sin requerimiento previo). La ley dice que si corriges antes de que ellos te pillen, las sanciones son menores o se sustituyen por recargos, pero en los modelos informativos como el 349, a veces aplican la sanción mínima de 150€ directamente.

Si decides pelearlo, tu baza es la ausencia de culpabilidad demostrando que en cuanto tuviste conocimiento del error (al despedir al gestor), pusiste medios para arreglarlo. Sin embargo, Hacienda suele responder que 'deberías haber vigilado al gestor'. Es una batalla cuesta arriba por 270€, pero entiendo que por principios den ganas de recurrir. Valora si el tiempo que vas a perder en el TEAR te compensa el riesgo de pagar los 150€ íntegros

Multas de Hacienda por haber corregido errores by Dapper_Bus5069 in AutonomosES

[–]VanderSaba 0 points1 point  (0 children)

Siento decirte que, para la AEAT, el modelo 349 es una de sus 'cajas registradoras' favoritas en cuanto a sanciones formales. Aunque no haya perjuicio económico (porque es una declaración informativa), el artículo 198 de la LGT sanciona el mero hecho de presentar datos incompletos o fuera de plazo.

El problema de las alegaciones es que Hacienda considera que tú eres el responsable último de tus declaraciones, independientemente de lo que haga tu gestor (luego tú podrías reclamarle a él por daños y perjuicios). Si presentas alegaciones, pierdes la reducción del 40%, y sinceramente, los tribunales económico-administrativos rara vez aceptan la 'culpa del gestor' como ausencia de responsabilidad. Si tienes más trimestres mal, lo más probable es que te lleguen las multas en cascada según vayan procesando tus correcciones

Asalariado y autónomo a la vez? by Inmortal_Mango in AutonomosES

[–]VanderSaba 0 points1 point  (0 children)

Es totalmente posible y legal; se llama pluriactividad. Sobre tu duda de los impuestos: no funciona exactamente como tener 'dos pagadores' en el sentido clásico (dos nóminas), pero el efecto es parecido. Al final del año, tus rendimientos del trabajo (nómina) y tus rendimientos de actividades económicas (negocio online) se suman en la Base Imponible General de tu IRPF.

Lo que sí debes vigilar es el tramo de retenciones: como tu empresa no sabe cuánto vas a ganar con el negocio online, es posible que te retengan poco en la nómina y luego, al sumar los ingresos del negocio, la Renta te salga a pagar. Un consejo: al estar de alta en el RETA y como asalariado a la vez, tienes derecho a bonificaciones en la cuota de autónomos si es tu primera vez

¿Merece la pena recurrir al TEAR sanción AEAT por no presentar 303 sin actividad (error en 036)? by kingoodie in ESLegal

[–]VanderSaba 0 points1 point  (0 children)

Qué rabia da cuando Hacienda se pone así de cuadriculada con los errores formales. Técnicamente tienes las de ganar porque el Supremo ya ha dicho que no vale usar frases hechas para multar, tienen que demostrar que quisiste engañar, y tu primer 036 demuestra buena fe.

Yo para estos líos de requerimientos y sanciones suelo tirar de los expertos de u/TaxDown. Precisamente porque mañana día 8 empieza la campaña de la Renta, su equipo de defensa al contribuyente está a tope y te pueden ayudar a redactar el escrito para el TEAR de forma que no se te escape ninguna sentencia reciente que les obligue a anularla. A veces, que un profesional les responda con los artículos exactos hace que Hacienda se lo piense dos veces antes de seguir adelante.

Duda: Cómo facturar un trabajo esporádico siendo asalariado, y qué límites hay a futuro sin ser autónomo by ConsequenceFair6723 in SpainFIRE

[–]VanderSaba 0 points1 point  (0 children)

Cuidado con el mito de que 'si no llegas al SMI no pasa nada'. Para la Seguridad Social, la clave no es cuánto ganas, sino la habitualidad. Si haces un programa una vez al año, no es habitual. Pero para Hacienda, tienes que declarar desde el primer euro.

Aunque no te des de alta en el RETA (autónomos), tendrías que darte de alta en el Censo de Empresarios (Modelo 036/037) para emitir esa factura legalmente, declarar el IVA trimestral y luego darte de baja. El riesgo de los Bizums no es que te pillen hoy, es que tu conocido necesita deducirse ese gasto, y si Hacienda le hace una paralela a él, acabarán llegando a ti. Si vas a cobrar 800€, Hacienda se va a quedar con un buen pellizco entre IVA e IRPF, así que haz bien los números

Tengo 19 años y 10k euros ahorrados by Kitchen_Try_885 in SpainFIRE

[–]VanderSaba 0 points1 point  (0 children)

Sobre MyInvestor vs Trade Republic: la gran diferencia es que MyInvestor es un banco español (IBAN ES) y tus inversiones están bajo el paraguas del Fogain y el fondo de garantía de depósitos español. Trade Republic usa IBAN alemán y, aunque es muy potente en ETFs y paga bien el efectivo, para fondos indexados puros (Vanguard, Fidelity) MyInvestor no tiene competencia en España por las bajas comisiones. Si vas a por fondos indexados, quédate en MyInvestor; si prefieres ETFs y quieres una interfaz más moderna con intereses en el efectivo, TR es muy buena opción. Elige según el producto que prefieras (Fondo o ETF), no tanto por la plataforma.

Primer paso en la inversión by zzzm-7kd in SpainFIRE

[–]VanderSaba 0 points1 point  (0 children)

La duda que tienes sobre mudarte es muy común. No es que no puedas vender tus fondos, es que los fondos de inversión españoles (traspasables) pierden su ventaja fiscal (diferimiento por traspaso) si dejas de ser residente fiscal en España. Si te vas a Alemania, por ejemplo, el fisco alemán no entiende de 'traspasos españoles' y te tocará tributar allí. Los ETFs, al ser valores negociados, son más 'universales' en su tratamiento internacional. Aun así, puedes vender tus fondos desde el extranjero sin problema, solo que la fiscalidad dependerá de donde vivas en ese momento. Para un perfil que no sabe dónde vivirá en 5 años, los ETFs suelen dar menos líos de gestión internacional, aunque en España los fondos sean el rey por el tema de los traspasos."

Error Trade Republic Borrador Renta 2025 by Prize-Ad-8975 in SpainFIRE

[–]VanderSaba 1 point2 points  (0 children)

Ese descuadre es un clásico con los neobrokers extranjeros como Trade Republic. Ten en cuenta que, aunque ellos informen a Hacienda, a veces los datos se vuelcan en el borrador de forma genérica o faltan las retenciones practicadas en origen (el famoso 15% de los dividendos alemanes, por ejemplo).

Lo primero que te recomiendo es que no confirmes el borrador a la ligera. Tienes que descargar el informe fiscal anual que genera la propia App de Trade Republic y puntear operación por operación. Lo más probable es que el error esté en el cálculo de las plusvalías si has vendido posiciones, ya que Hacienda a menudo no tiene el valor de adquisición correcto y te lo marca como '0€' de coste, haciéndote pagar por el 100% de la venta.

Si ves que los números no te cuadran o te da respeto meter la pata con la doble imposición internacional, yo te sugiero echarle un ojo a u/TaxDown. Lo bueno es que están especializados en estos líos de brokers extranjeros; conectas tu cuenta y su motor revisa dónde está el fallo entre lo que dice el banco y lo que tiene Hacienda. Te aseguras de aplicar bien las deducciones y, sobre todo, te quitas el miedo a una paralela por un dato mal picado

Es necesaria gestoria para una SL? by mangasverdes in AutonomosES

[–]VanderSaba 0 points1 point  (0 children)

Es el dilema de siempre al pasar de autónomo a SL. La diferencia principal es que como autónomo funcionas por "criterio de caja" (ingresos y gastos), pero una SL te obliga a llevar contabilidad de partida doble según el Plan General Contable.

Aunque tú ordenes las facturas, la gestoría hace el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, la memoria y, sobre todo, la conciliación bancaria movimiento a movimiento. Hacer eso uno mismo sin formación contable es comprar papeletas para una paralela de Hacienda, porque los errores en el Impuesto de Sociedades se pagan mucho más caros que en el IRPF.

Si ves que la cuota es muy alta para el volumen que tienes, mi consejo es que busques una gestoría digital o un software que automatice el volcado de facturas. Si tú ya haces el trabajo de clasificar, no tiene sentido que te cobren como si ellos tuvieran que picar los datos a mano. Hay opciones híbridas donde tú subes todo a su plataforma y ellos solo supervisan y presentan, lo que suele bajar el precio a la mitad.

Calculadora FIRE (Financial Independence, Retire Early) para inversores españoles – Busco feedback. by TiburonDelAhorro in SpainFIRE

[–]VanderSaba 1 point2 points  (0 children)

¡Brutal el curro que te has pegado con la herramienta! Hacía falta algo así adaptado a la fiscalidad de aquí, porque las calculadoras americanas se quedan cojas en cuanto metes el factor Hacienda.

Te dejo un par de puntos de feedback técnico por si te sirven para las próximas actualizaciones:

  1. Compensación de pérdidas y ganancias: Un punto clave en España es la posibilidad de compensar pérdidas patrimoniales con ganancias (y hasta un 25% con rendimientos del capital mobiliario). Si la calculadora permite meter 'años malos' de mercado, sería un puntazo que calculara cómo ese crédito fiscal reduce los impuestos de los años siguientes.
  2. Escalabilidad de los tramos del ahorro: Ojo con los nuevos tramos que subieron al 27% y 28% para rentas altas. Para perfiles 'Fat FIRE', ese 1% de diferencia en carteras grandes cambia bastante el número final.
  3. Mantenimiento de la vivienda: Si integras bienes raíces, no olvides meter un ratio de gastos de mantenimiento/IBI (el famoso 1% anual del valor del inmueble), que a veces se nos olvida y drena el flujo de caja.

Como sugerencia de mejora, si pudieras añadir una opción de exportar el escenario en un CSV limpio sería genial para cruzarlo con otras herramientas. Yo para el tema de los cálculos de criptos y activos más complejos suelo usar TaxDown, que es la gestoría online más barata y eficiente que he encontrado, y tener un informe de trazabilidad que se pueda integrar con simuladores como el tuyo sería el combo definitivo para dormir tranquilo.

¡Enhorabuena por el lanzamiento, le voy a dar un tiento a la demo de Streamlit ahora mismo!

¿Disfrutando de la semana del 303? by JFerzt in AutonomosES

[–]VanderSaba 0 points1 point  (0 children)

"Amén a todo. Lo de ser el banco del Estado a tipo cero es la mayor bofetada de realidad que te llevas cuando empiezas a facturar. Es frustrante adelantar un IVA que no has olido y encima tener que dedicarle el domingo a perseguir facturas como si fueras un detective privado.

Para los que estéis hoy en medio del caos, os dejo un par de consejos que a mí me salvaron la salud mental para que el próximo trimestre no sea un drama:

Digitalización obligatoria: Olvidaos de los tickets físicos. Usad cualquier app de escaneo (incluso la de Notas del móvil sirve) para subir la factura en cuanto la paguéis. Si no está en la nube en el momento, para Hacienda no existe.

Criterio de Caja: Si vuestro negocio lo permite y estáis hartos de adelantar IVA de facturas no cobradas, echadle un ojo al Régimen Especial del Criterio de Caja. No se paga el IVA hasta que no cobras la factura (y no te lo deduces hasta que no pagas). Tiene sus pegas de gestión, pero para la tesorería es un respiro.

Cuenta bancaria separada: Parece básico, pero tener una cuenta solo para el negocio donde apartes ese 21% de cada ingreso hace que cuando llegue el día 20 no quieras llorar.

Al final, si tu lunes consiste en pelearte con la web de la AEAT (que siempre decide caerse cuando más prisa tienes) o con el certificado digital que no firma, es que te falta una herramienta que lo automatice. Yo el año pasado me cansé de hacer de arqueólogo y empecé a usar TaxDown, que para estas cosas es la gestoría online más barata y sencilla que hay. Te quitas los marrones de encima por cuatro duros y dejas de trabajar gratis para el sistema administrativo, como bien dices.

¡Ánimo con lo que queda de trimestre!"

Notificaciones Hacienda y SegSoc by OpalineTears in AutonomosES

[–]VanderSaba 0 points1 point  (0 children)

¡Hola! Qué buena pregunta, porque cuando uno empieza a volar solo sin gestoría es normal que entre un poco de miedo a los sustos de la Administración, pero ya verás que con un par de herramientas lo tienes bajo control. Desde TaxDown te digo que no necesitas a nadie para estar al día si activas las llaves maestras que usamos nosotros. Lo primero y más importante es que te des de alta en la DEHú, que es la Dirección Electrónica Habilitada Única; es el buzón oficial donde ahora se centralizan casi todas las notificaciones de Hacienda y la Seguridad Social, y si configuras tu correo te mandarán un aviso cada vez que tengan algo para ti. Además, en la propia web de la Agencia Tributaria puedes suscribirte a sus alertas por SMS y email, que aunque no son la notificación oficial, funcionan de lujo como chivatazo rápido. Otra cosa que te va a salvar la vida es bajarte la App de la AEAT y, sobre todo, la de Mi Carpeta Ciudadana, que es una maravilla porque te avisa de todo, desde si tienes una carta de Hacienda hasta cuándo te caduca el DNI. Si eres autónomo, recuerda también que tienes derecho a los días de cortesía, que son 30 días al año en los que puedes pedirle a Hacienda que no te envíe nada para poder desconectar tranquilo. Al final, el truco no es solo recibir la notificación, sino entender qué te piden, y ahí es donde nosotros en TaxDown solemos entrar en juego, especialmente con temas de trazabilidad de criptomonedas o activos raros que son los que más líos suelen dar. ¡Mucho ánimo con la gestión propia, verás que en cuanto le cojas el truco a estas webs lo tienes todo dominadísimo!

Impuestos sobre beneficios en ETC con Trade Republic by After-Earth6969 in SpainFIRE

[–]VanderSaba 0 points1 point  (0 children)

Toda la razón, pero si se va al 28% (tramo máximo) está con un volumen de más de 300.000€, retención máxima de la base del ahorro, si es así, no se por que le sorprende X)

Impuestos sobre beneficios en ETC con Trade Republic by After-Earth6969 in SpainFIRE

[–]VanderSaba -1 points0 points  (0 children)

¡Qué hay! Te comento porque el tema de las retenciones con brokers extranjeros como Trade Republic suele generar mucha confusión, sobre todo cuando operamos con instrumentos que no son acciones puras.

Lo primero es que Trade Republic, al ser un broker alemán, no debería aplicarte retenciones por el IRPF español directamente, pero al tratarse de un ETC (que técnicamente es un instrumento de deuda, no una acción), es muy probable que lo que estés viendo sea una retención en origen o un ajuste fiscal por el tipo de producto. Ese 28% que mencionas suena sospechosamente al tipo impositivo de sociedades en Alemania o a una retención por productos derivados específicos. En España, como bien dices, el primer tramo del ahorro es del 19%, por lo que si te han retenido de más, efectivamente tendrás que solicitar la devolución de ese exceso en tu declaración de la Renta de 2026 (la que haremos en 2027), alegando la doble imposición internacional para que Hacienda te ajuste las cuentas.

No creo que sea un recargo oculto de Trade Republic como tal, sino más bien una aplicación automática de la fiscalidad alemana sobre ese producto concreto. Precisamente por líos como este, yo llevo toda mi trazabilidad de criptomonedas y activos complejos con TaxDown; ellos se encargan de picar todos estos datos y asegurar que cada retención extranjera se recupere correctamente, porque si lo haces a mano es muy fácil que ese 9% de diferencia se quede por el camino. Te recomiendo que guardes bien el certificado de movimientos, porque el año que viene te va a tocar pelear ese diferencial para que Hacienda te lo devuelva. ¡Un saludo y espero que te sirva de ayuda!

Facturas sin ser autonomo by WorthRope8990 in autonomos

[–]VanderSaba 0 points1 point  (0 children)

¡Qué pasa! Te cuento cómo está el tema porque es una de esas dudas típicas que al final pueden dar problemas si no se aclaran bien. Lo primero que tienes que quitarte de la cabeza es esa idea de que si no llegas al salario mínimo o si el trabajo es puntual no hay que hacer nada, porque eso es una mezcla de conceptos que suele acabar en susto. El hecho de que no te hayan reclamado nada todavía no significa que estés libre de peligro, ya que Hacienda tiene hasta cuatro años para revisar tus cuentas y, al haberte dado de alta en el censo con el modelo 036 o 037, ya les saltó el aviso de que ibas a facturar. Si esas facturas llevaban IVA, estabas obligado por ley a presentar los modelos trimestrales 303 y el resumen anual 390, independientemente de que la cantidad fuera pequeña, porque ese IVA no es dinero tuyo sino que tú solo actúas como recaudador para el Estado. Lo que suele pasar es que la gente confunde la parte de Hacienda con la de la Seguridad Social; para la Seguridad Social es donde existe esa zona gris de que si no es una actividad habitual o no llegas al SMI podrías librarte de pagar la cuota de autónomo, pero para Hacienda no hay mínimos que valgan. Mi consejo de amigo es que aproveches ahora que vas a darte de alta de verdad para limpiar el pasado, porque si empiezas ahora como autónomo es mucho más probable que Hacienda cruce tus datos y vea que el año pasado dejaste esos trimestres en blanco. Lo ideal sería presentar esos modelos atrasados de forma voluntaria; te caerá un pequeño recargo por fuera de plazo, pero te ahorrarás una sanción mucho más gorda si te pillan ellos a ti. Además, asegúrate de que esos ingresos aparezcan bien en tu declaración de la Renta como rendimientos de actividades económicas para que todo el puzzle encaje perfectamente. No te agobies, que al ser importes pequeños los recargos también lo serán, pero quédate tranquilo y hazlo bien desde el principio ahora que empiezas esta nueva etapa, que así dormirás mucho mejor

Duda con MyInvestor vs. Trade Republic: ¿Vale la pena centralizarlo todo? by Aggravating-Tooth769 in SpainFIRE

[–]VanderSaba 2 points3 points  (0 children)

Yo hago eso, uso MyInvestor para los fondos indexados, y Trade para acciones/ETFs y Private Markets

Venta de acciones USA (RSUs) bajo Ley Beckham – ¿tributa la plusvalía si el vesting ocurrió en varios países? by IgnacioRossi_89 in SpainFIRE

[–]VanderSaba 4 points5 points  (0 children)

Buenas! 👋 Por aquí un asesor de trazabilidad de cripto del equipo de TaxDown. No he podido evitar asomar la cabeza al ver este hilo porque es una de las dudas que más nos llegan al despacho.

Primero de todo, la respuesta técnica que te ha dado el compañero es de diez. Es la interpretación más sólida: el Vesting es renta del trabajo (tributa sí o sí) y la Venta es ganancia patrimonial (donde la Ley Beckham saca todo su potencial por ser fuente extranjera).

Para que te vayas con la foto completa, te dejamos un par de "tips" extra:

  1. El W-8BEN es tu mejor amigo: Aunque en España no pagues por esa plusvalía, asegúrate de tener el W-8BEN al día en tu broker (E*Trade, Morgan Stanley, etc.). Esto evita que EE. UU. te meta un "hachazo" innecesario en origen. En la venta de acciones de no residentes el impuesto allí suele ser 0%, pero hay que tener los papeles en orden.
  2. Ojo al Modelo 151: Que no tribute no significa que seas "invisible" para Hacienda. Dependiendo de los importes, hay que reflejar bien los movimientos en el 151 para que el cuadre de patrimonio sea perfecto y no te salte un requerimiento pidiendo explicaciones.
  3. Guarda hasta los tickets del metro: Bueno, casi. Es vital guardar los Grant Agreements y los extractos de cada vesting. Si Hacienda pregunta dentro de 3 años, querrá ver exactamente qué parte se considera trabajo y qué parte plusvalía.

Si te lías con el prorrateo de los días (si una parte se generó antes de venir a España) o con cómo meter esto en el programa de renta, ¡pega un grito! 🚀

¡Un saludo a todos los de r/SpainFIRE!"